Restricciones enviadas desde la provincia de Santa Fe vigentes hasta el 6 de junio
Restricciones enviadas desde la provincia de Santa Fe vigentes hasta el 6 de junio
Le informamos que ayer, 30-05.21, ha sido publicado en el Boletín Oficial de la Pcia. de Santa Fe, el Decreto N° 735/21 fechado el 29/05/21 mediante el cual se formalizan las nuevas restricciones que regirán en nuestra Provincia desde el 31/05/21 hasta el 06/06/21 inclusive en relación a las condiciones epidemiológicas y sanitarias de público conocimiento.
Señor Asociado:
Le informamos que ayer, 30-05.21, ha sido publicado en el Boletín Oficial de la Pcia. de Santa Fe, el Decreto N° 735/21 fechado el 29/05/21 mediante el cual se formalizan las nuevas restricciones que regirán en nuestra Provincia desde el 31/05/21 hasta el 06/06/21 inclusive en relación a las condiciones epidemiológicas y sanitarias de público conocimiento.
Destacamos que al igual de lo acontecido oportunamente con el Decreto Pcial. 647/21 la nueva norma dispone en su Art. 2° que durante dicho lapso de tiempo las actividades administrativas de las empresas industriales deberán desarrollarse de manera remota o mediante teletrabajo, sin perjuicio de la organización de guardias mínimas para atender aquellas diligencias que deban realizarse indefectiblemente de modo presencial .
En relación a la restricción vehicular- que conforme el Art. 3 rige desde las 0.00 horas del día 31/05/21 hasta el 06/06/21 inclusive, todos los días de la semana desde las 18 hs. hasta las 06 del día siguiente - están exceptuados los desplazamientos desde y hacia los lugares de trabajo de los que desarrollan actividades habilitadas incluidos los de los propietarios de los locales o establecimientos, Sin perjuicio de ello recomendamos para quienes por cuestiones laborales eventualmente deban circular vehicularmente en dicho horario de restricción, contar la aplicación CUIDAR Covid 19-AR .