Resolución Conjunta MTESS - AFIP N° 5005/2021: Reducción de Contribuciones Patronales para Beneficiarios del Programa Repro II.
Novedades correspondientes a la Resolución Conjunta 5005/2021
El Ministerio de Trabajo y AFIP mediante la presente resolución dispusieron que los empleadores y empleadoras que accedan al programa Repro II y que tengan como actividad principal declarada alguna de las actividades incluidas en los sectores críticos detallados en el Anexo I de la Resolución 938/20, gozarán respecto de sus trabajadores y trabajadoras una reducción del 100% de las contribuciones patronales vigentes con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) que se devengue entre los meses de mayo y diciembre de 2021.
El Ministerio de Trabajo enviará mensualmente a la AFIP la nómina de empresas inscriptas en el Programa Repro II así como las fechas de inicio y finalización del beneficio de reducción de contribuciones patronales. AFIP hará la caracterización de las empresas incluidas con el código "485-Beneficio Decreto 323/21-Beneficio reducción de contribuciones SIPA" en el Sistema Registral.
La determinación e ingreso de los aportes y contribuciones deberá efectuarse mediante la utilización del "release 1 de la versión 43 del sistema SICOSS", en el caso de Declaración en Línea se incorporará en forma automática. Para los empleadores y empleadoras que se encuentren obligados a utilizar el Libro de Sueldo Digital podrán consultar el instructivo habilitado en el micrositio de AFIP para la parametrización de los conceptos de liquidación.
Las rectificativas de las declaraciones juradas con destino a la seguridad social correspondientes a los períodos devengados mayo a diciembre de 2021 presentadas antes de este beneficio se podrán presentar hasta el mes de febrero de 2022.
Les adjuntamos la normativa y por cualquier consulta podrán contactarse con la Dra. María Victoria Verdejo a mverdejo@adimra.org.ar