Nuevas normas para pago de importaciones. BCRA Com. A 7375.
Nuevas normas para pago de importaciones. BCRA Com. A 7375.
Conocé las nuevas normas para pago de importaciones en la nota!
Estimadas y estimados industriales:
A través de la Com. A 7375, el BCRA establece las siguientes modificaciones hasta el 31.10.2021 para el pago de importaciones de bienes:
- 1. En el cálculo del tope del punto 10.11.1 se baja de U$S 1.000.000.- a U$S 250.000.- por lo cual se reduce el cupo que los clientes venían usando generalmente para pagos anticipados y para pagos de importaciones embarcada o arribadas antes del 1/7/2020.
- 2. En el uso del punto 10.11.2 se elimina la posibilidad de pagos vista. Los pagos a la vista de importaciones, es decir con mercadería embarcada, también serán incluidos en misma limitación cuantitativa de U$S 250.000 que deben respetar los pagos anticipados. Tanto los pagos anticipados como a la vista estarán en la misma situación, debiendo sumarse para calcular si exceden o no el límite citado.
- 3. Los pagos realizados por el punto 10.11.2 no se suman a los efectos del tope del punto 10.11.1. Por lo cual restan cupo del punto 10.11.1
- 4. El punto específico para pago de importaciones con NCM BK queda suspendido, por lo cual el pago anticipado de BK sigue la regla general o sea va por 10.11.1 si tiene cupo disponible.
- 5. Los pagos de medicamentos, insumos para su fabricación, bienes relacionados con la salud o sanidad que antes se podían pagar antes del embarque ahora por el punto 10.11.10 sólo se pueden pagar una vez embarcados, vista o diferido, pero antes de haber oficializado el registro de ingreso aduanero.
- 6. Reduce de U$S 50.000 a U$S 10.000 la cifra a partir de la cual los Bancos deben avisar anticipadamente al BCRA cuando ingresen al MULC para comprar cifras superiores. Se debe informar al BCRA, a través de su banco, con una antelación mínima de 2 días hábiles. Se deben considerar todos los egresos por cualquier concepto y en todos los bancos que se pretenda acceder al MLC en el mismo día.