Compartimos novedades enviadas por la UIA
Estimados Socios,
Nos comunicamos con Uds. para transmitirles algunas novedades relativas a:
A través del Decreto 302/2021 se establecieron reducciones y desgravaciones en los derechos de exportación a MIPyMEs que no hayan superado los USD 3 millones de exportaciones en 2020 (incluyendo aquellas que no hayan exportado) y, cuyas exportaciones estén comprendidas en el listado anexo.
El beneficio consiste en:
Para acceder al beneficio, las MIPyMES deben contar con certificado PyME vigente. Es importante notar que este esquema aplicará para las operaciones realizadas a partir de la fecha de publicación de esta norma en el Boletín Oficial (8/05/2021) independientemente de lo exportado hasta el momento, y actuará con esa escala en forma acumulativa para las exportaciones del resto del año 2021, siempre que la empresa en cuestión no haya superado los USD 3 millones en ventas totales durante 2020. Es decir, aquellas empresas que superaron los USD 3 millones de exportaciones en 2020, no recibirán ningún beneficio.
Cabe señalar que gran parte de los productos agroindustriales no se incluyen en la normativa, tampoco se incorporan los combustibles y ciertos insumos. Sí contempla algunos productos pesqueros, del azúcar, del aceite de maní, los vinos, las golosinas y alimentos elaborados por economías regionales.
Para mayor información comunicarse con el Jefe de Departamento de PYMI y Desarrollo Regional, Francisco Abramovich (fabramovich@uia.org.ar) y/o la Jefa del Departamento Comercio y Negociaciones Internacionales, Eva Bamio (evab@uia.org.ar / comercio@uia.org.ar).
Desde la Unión Industrial Argentina (UIA) y la Confederación Nacional de Industria de Brasil (CNI), se está organizando la próxima reunión plenaria del CEMBRAR prevista para el 10 de junio, por lo que convocamos a socios y socias de UIA a actualizar la nómina de representantes de empresas y cámaras que deseen participar de las próximas actividades a través de este formulario. Agradeceremos a las cámaras socias difundir entre sus asociados esta convocatoria.
La reunión plenaria tendrá dos paneles que se ocuparán de abordar temas de agenda vinculados al Arancel Externo Común, negociaciones externas del Mercosur, convergencia regulatoria y de las posibilidades de avanzar en la facilitación del comercio de bienes entre ambos países. De esta forma, se podrá llegar a tener un panorama de la relación comercial bilateral y de las acciones que se pueden llevar a cabo en forma conjunta con el fin de avanzar en la agenda productiva de interés de UIA y CNI.
Por cualquier duda o consulta comunicarse con el Departamento de Comercio y Relaciones Internacionales a comercio@uia.org.ar.
Mediante el Decreto 322/2021 se prorroga la vigencia del Régimen de Promoción para la Producción y Uso Sustentables de Biocombustibles (Ley Nº 26.093) hasta el día 12 de julio del 2021 o hasta que entre en vigencia un nuevo marco regulatorio de Biocombustibles. Vale destacar que existen en el Congreso dos proyectos de ley en tratamiento para disponer las nuevas regulaciones en la materia.
Para mayor información comunicarse con el Departamento de Energía (albertoc@uia.org.ar) y el Departamento de Legislación y Relaciones Parlamentarias (falcalde@uia.org.ar / legislacion@uia.org.ar).
Referencia: Info a socios; N° 19 (30/04/21) y N° 17 (28/04/21)
Como resultado de las acciones realizadas por la UIA ante la Secretaría de Energía y el ENARGAS, el ENARGAS ha emitido la Resolución 130/2021 mediante la cual reglamenta la Resolución SE 375/2021 – referente a los contratos por el suministro de gas 2021/2023 de modo que:
Los usuarios de la categoría Servicio General P que adquieren el gas natural directamente a productores y/o comercializadores, podrán optar hasta el vencimiento de la emergencia sanitaria, por la contratación de su abastecimiento de gas natural a través de un productor o comercializador, así como de la Distribuidora zonal bajo la modalidad de servicio completo.
En caso de optar por la Distribuidora zonal, la decisión se deberá comunicar a esta última con una antelación mínima 5 días hábiles y se deberá permanecer con el mismo tipo de abastecimiento por el plazo mínimo de 12 meses.
Por cualquier duda o consulta, comunicarse con el Jefe del Departamento de Energía, Alberto Calsiano albertoc@uia.org.ar.
Transmitimos información relevante para evitar problemas en el cobro de facturas de crédito electrónicas que fueron canalizadas por el Sistema de Circulación Abierta del Banco Central de la República Argentina.
Desde SEPYME se comunicó que, para el correcto cobro de las facturas, se requiere que los emisores de Facturas de Crédito Electrónica que marcaron la opción por el Sistema de Circulación Abierta informen los datos de la CUENTA DE COBRO en el HOMEBANKING, independientemente de haber cargado el CBU al momento de la emisión de la factura.
Dicha acción podrá realizarse hasta las 17hs del día en que vence la factura. De no cumplirse con lo mencionado precedentemente, no se perfeccionará el pago de la factura en el día del vencimiento de la misma, quedando en estado de “rechazada”.
Desde SEPYME se informó a la UIA, frente a las consultas efectuadas, que los rechazos producto de esta situación no serán reportados a la Central de Facturas Impagas. Siendo que esta información no había sido oportunamente informada al momento de realizarse modificaciones en el circuito, solicitamos a los socios la difusión de esta información a sus respectivas empresas asociadas para evitar mayores inconvenientes.
Para consultas, comunicarse con el Departamento de Política Tributaria (lucioc@uia.org.ar / tributaria@uia.org.ar) y el Departamento PyMI y Desarrollo Regional (fabramovich@uia.org.ar / pymi@uia.org.ar).
La AFIP reglamentó, mediante la RG 4984/2021, el beneficio de reducción de contribuciones patronales del Régimen de Promoción de Generación de Empleo en el Norte Grande.
Dicho régimen, creado a través del Decreto 191/2021 establece un conjunto de reducciones sobre las contribuciones patronales para las nuevas contrataciones realizadas entre abril 2021 y marzo 2022. La norma prevé un esquema de 3 años de duración, con reducciones decrecientes que van desde el 80% al 30%, en el caso de mujeres, travestis, transexuales o transgéneros, y del 70% al 20% en el caso de hombres. Los beneficios se reducirán a la mitad para los trabajadores contratados a tiempo parcial en los términos del artículo 92 TER del Régimen de Contrato de Trabajo.
El decreto establece una reducción en las contribuciones patronales para aquellos empleadores que: 1) pertenezcan al rubro industrial/agroindustrial, 2) estén radicados en el Norte Grande, 3) generen nuevos puestos de trabajo que impliquen un aumento neto en la nómina de personal.
La resolución de AFIP reglamenta la implementación de este beneficio, aclarando que estará vigente para los salarios devengados de abril y siguientes, para lo cual se pondrá a disposición una nueva versión del aplicativo SICOSS, además de adecuar el servicio “Declaración en Línea”.
Además, establece que los empleadores que inicien actividad con posterioridad al período fiscal marzo 2021, recibirán el beneficio por la totalidad de los empleados.
Estos beneficios no impiden obtener los correspondientes al Decreto 814/01, los cuales se aplicarán por el nuevo monto de contribuciones patronales determinado por esta medida. Como se ha venido resaltando, si bien el nuevo régimen no compensa los incentivos perdidos por la modificación del Decreto 814/01 que redujo parte de los beneficios al sector, reactiva en forma parcial el reconocimiento de la necesidad de reducir asimetrías regionales en esta materia.
Para mayor información comunicarse con el Departamento de Política Tributaria (lucioc@uia.org.ar / tributaria@uia.org.ar) y el Departamento PyMI y Desarrollo Regional (fabramovich@uia.org.ar / pymi@uia.org.ar).